Gracias a la colaboración de CONAIF y KIMIKAL los instaladores de frío tienen ya a su disposición, por primera vez desde la publicación del Reglamento F-Gas, un listado completo de los gases refrigerantes con restricciones en el mantenimiento y con potencial de calentamiento atmosférico (PCA) igual o mayor de 2500 . Estos gases refrigerantes, no podrán ser utilizados para el servicio o mantenimiento de equipos de refrigeración que contengan una carga mayor de 40 toneladas de CO2 equivalentes, a partir del 1 de enero de 2020, según establece el artículo 13, punto 3, del Reglamento (UE) 517/2014 (F-Gas).
En una tabla elaborada por CONAIF y KIMIKAL a partir de los cálculos realizados por sus respectivos departamentos técnicos, se especifica de forma precisa cuáles son aquellos gases refrigerantes que van a estar afectados por dicha prohibición en el mantenimiento cuando llegue el año 2020. Y se detalla como información complementaria el número de refrigerante, PCA y equivalencia en Kg de cada uno de ellos para 40 toneladas de CO2 equivalentes.
En total son 22 gases refrigerantes afectados con PCA igual o mayor a 2500, atendiendo a lo publicado en el borrador del Reglamento de Instalaciones Frigoríficas (RSIF) y que ha tenido que ser consultado para poder elaborar el listado, puesto que el citado Reglamento Europeo (UE) 517/2014 (F-Gas) establece la prohibición pero no especifica a qué gases refrigerantes concierne en cada país.
Por otra parte y para que el instalador tenga a su alcance la información más completa, CONAIF y KIMIKAL han realizado un documento final más amplio que incluye de forma simplificada:
a) los gases fluorados de efecto invernadero regenerados; con un PCA ≥ 2.500 usados para el mantenimiento o la revisión de aparatos de refrigeración existentes, siempre que dichos gases hayan sido etiquetados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 6.
b) los gases fluorados de efecto invernadero reciclados; con un PCA ≥ 2.500, usados para el mantenimiento o la revisión de aparatos de refrigeración existentes, siempre que dichos gases se hayan recuperado de tales aparatos. Estos gases reciclados solo podrán ser usados por la empresa que haya realizado la recuperación como parte del mantenimiento o la revisión, o por la empresa para la que se haya realizado la recuperación como parte del mantenimiento o la revisión.
El Reglamento (UE) 517/2014 tiene como objetivo proteger el medio ambiente mediante la reducción de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero. A partir del 2015 se limita la cantidad total de HFC que se vende en Europa hasta una quinta parte de las emisiones actuales en 2030.
Dicho Reglamento establece una serie de restricciones en cuanto al uso de gases fluorados en instalaciones nuevas y existentes (mantenimiento) que son las se especifican en el documento elaborado por CONAIF y KIMIKAL.
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Soy una persona que está jubilada yo trabaje com los primeros gases que empezaron como el amoniaco,subforos,r12,r12.r22,r11,y me justicia tener en la actualidad la de los gases actuales ya tengo una tabla que me la cenit,peco, y también,clima y aire y sulzerespaña Gracias