Aunque en la actualidad es reconocido el riesgo sobre la salud de la acumulación del radón en los edificios, no existe aún en España legislación alguna sobre protección en edificios residenciales que limite la concentración de radón en base a un nivel de referencia.
La Unión Europea, mediante la Directiva EURATOM 59/2013, estableció la obligación de elaborar un Plan nacional de acción para el radón, que los países deberían haber implantado antes de febrero 2018.
Esta norma, limita la concentración máxima de radón en recintos cerrados, estableciendo un nivel de referencia para el promedio anual de concentración de actividad en el aire de 300 Bq/m 3.
Pero… qué es el radón; ¿es realmente un peligro para nuestra salud?
Es un gas radioactivo de origen natural, indetectable por el ser humano por sus propios medios, que proviene de la desintegración del radio; que a su vez procede de la desintegración del uranio contenido en rocas como el granito.
El radón es la fuente más importante de radiación natural. Tiene la capacidad de adherirse a las partículas de polvo que gravitan en el aire, pudiendo acceder y acumularse en los pulmones. Contiene partículas alfa radiactivas; son las responsables de causar mutaciones en las células del aparato respiratorio en caso de inhalación, pudiendo generar cáncer. Según un estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el gas radón se sitúa como la segunda causa más común de cáncer de pulmón, después del tabaco.
Está presente de forma muy escasa en el aire que respiramos, en bajas concentraciones. Al aire libre, el radón se diluye rápidamente, por lo que no supone ningún problema. En cambio, en espacios cerrados, pueden registrarse concentraciones elevadas, suponiendo un riesgo potencial para la salud. Al ser incoloro, inodoro e insípido, puede acumularse, sin que nos demos cuenta, en el interior de las viviendas edificadas. Si no hay una ventilación suficiente, la concentración puede llegar a ser muy alta y peligrosa para los habitantes del edificio.
El gas radón puede acceder a través de grietas o fisuras en el hormigón de los cimientos de una casa. Además, puede potenciarse su entrada gracias a elementos que modifican la presión del aire, como estufas, extractores de cocina, ventiladores, etc. La situación más habitual es que las partes más afectadas sean las plantas bajas o sótanos, desplazándose al resto de la vivienda.
El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
En diciembre 2019, se aprobó el pasado mes de diciembre de 2019, el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica y aprueba el nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE) que introduce una serie de cambios, entre ellos, el texto propuesto para el nuevo CTE HS6 Protección Gas Radón con el que se incorporará la exigencia de “Protección frente a la exposición al radón” a dicha norma.
La nueva sección del «Documento Básico de Salubridad», la sección HS6 «Protección frente a la exposición al radón» es una trasposición parcial de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes.
En esta nueva sección del Código se recogen las medidas reglamentarias para limitar la penetración del radón en los edificios en función del municipio en que se ubiquen. Con todo ello, se limita la exposición de las personas al gas radón, reduciendo así los riesgos asociados a la misma.
Los objetivos principales de esta modificación son los siguientes:
En la parte I del CTE (Capítulo 3, artículo 13, en el apartado 6) se incluye la nueva exigencia reglamentaria:
13.6. Exigencia básica HS 6: Protección frente a la exposición al radón
“Los edificios dispondrán de medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada a
radón procedente del terreno en los recintos cerrados.”
Al igual que para el resto de las exigencias básicas incluidas en el requisito básico de Higiene, salud y protección del medio ambiente, se desarrolla una nueva sección HS 6 Protección frente a la exposición al radón (actualmente en fase de borrador) en el Documento Básico DB HS de Salubridad, cuyas líneas fundamentales se presentan a continuación en tres apartados:
La obligatoriedad de implementar medidas específicas de protección frente al radón se limita a aquellos municipios en los que haya una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin medidas específicas de protección frente al radón, presenten concentraciones superiores al nivel de referencia. El listado de municipios, será suministrado por el Consejo de Seguridad Nuclear y está elaborado en base a las campañas de mediciones realizadas por dicho Consejo en todo el territorio nacional. En el listado se clasificarán los municipios en dos grupos, en función del nivel de riesgo, estableciéndose las medidas de protección dependiendo del grupo al que pertenezca el municipio en que se ubica el edificio.
La nueva sección de la norma será de aplicación a todos los edificios situados en los términos municipales incluidos en el apéndice B del documento, en los siguientes casos:
A continuación se muestra el mapa de zonificación obtenido por el Ministerio de Fomento a partir del listado incluido en el apéndice B.
Con el fin de evitar el riesgo de exposición de los usuarios a concentraciones inadecuadas de radón se establecen las medidas de protección que deben implementarse en el edificio en función de la zona a la que pertenezca el municipio donde se ubica el mismo.
Para verificar el cumplimiento del nivel de referencia en los edificios ubicados en los términos municipales incluidos en el apéndice B, en función de la zona a la que pertenezca el municipio deberán implementarse las siguientes soluciones, u otras que proporcionen un nivel de protección análogo o superior.
De esta forma se establecen distintas de medidas de protección contra el gas radón que deberán implementarse en los edificios en función de la zona a la que pertenezca el municipio.
Para verificar el cumplimiento de las barreras de protección debe cumplirse un dimensionamiento que relaciona el espesor de la membrana y su coeficiente de difusión frente al gas radón.
El radón, como cualquier gas, está formado por moléculas pequeñas, por lo que tiene la capacidad de penetrar a través de la mayor parte de materiales típicos de edificación. El hormigón, los ladrillos, los morteros, etc., son materiales porosos, a través de los cuales el radón puede acceder, hasta alcanzar el interior de las edificaciones, incrementando la concentración de ese gas en las mismas.
La solución es interponer al radón una barrera física que sea impermeable al gas de tal manera que ni las pequeñas moléculas de un gas como este puedan atravesarla. Además, esa barrera debe ser continua, es decir, sin juntas o discontinuidades por donde pueda penetrar el gas.
La zona más contaminada de las viviendas, por lo general, es el subsuelo, por donde el gas radón penetra a través de fisuras, tuberías, grietas, juntas o directamente a través del pavimento. Por ello, esa barrera física mencionada anteriormente, en forma de membrana aislante, se debe utilizar tanto en horizontal como en vertical; en contacto con el terreno.
El sistema SikaProof® consiste en una membrana preconformada de poliolefina (FPO) con una capa de unión patentada por Sika, que se adhiere totalmente de manera continua al hormigón.
Este exclusivo sistema de impermeabilización forma una unión mecánica y química completa, duradera y segura integrándose en el hormigón fresco. Además, se impide cualquier desbordamiento lateral de agua entre la membrana SikaProof® y el hormigón estructural.
Se aplica en frío y su instalación se realiza sin necesidad de aporte de calor o llamas, previamente a la colocación del armado y vertido del hormigón. Los solapes se realizan con cintas adhesivas especiales que conforman el sistema.
Las principales características de este sistema son:
En el siguiente vídeo se puede conocer el sistema y sus procedimientos de aplicación:
Artículo realizado por el departamento técnico de Sika, S.A.U. (Maialen Rodríguez)
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Muy clara y detallada respuesta que contesta la inquietud planteada acerca de los medios constructivos previos a una construcción residencial...
Gracias BING y CHATGPT..