El 26 de septiembre de 2015 entró en vigor en España la nueva normativa de Ecodiseño ErP (Energy Related Product) y la ELD sobre etiquetado energético de productos. Desde E-ficiencia os queremos indicar los conceptos básicos de esta nueva directiva europea y resolver de una manera sencilla las posibles cuestiones que puedan surgir tanto a profesionales de las instalaciones de climatización como a los propios usuarios.
Esta nueva normativa de ecodiseño ErP es una directiva europea para el diseño ecológico que define los niveles mínimos de eficiencia energética, emisiones máximas de NOx , nivel de ruido (solo bombas de calor) y nivel mínimo de aislamiento en acumuladores de ACS sin los cuales sería imposible obtener el marcado CE para comercializar ese material en Europa.
Esta normativa nace de los acuerdos alcanzamos en su día en Kyoto y plan EU20 con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero al menos un 20%, aumentar la proporción de energías renovables en el consumo energético final al 20% y aumentar un 20% la eficiencia energética para el año 2020. Esto obliga a los fabricantes de este tipo de equipos a diseñar equipos más eficientes.
La normativa ErP viene acompañada de la ELD o directiva de etiquetado energético que establece los requerimientos de consumo de energía y clases de eficiencia y su clasificación en forma de etiqueta desde la G a la A+++ para productos y algunos tipos de conjuntos. La etiqueta energética es una información obligatoria para el consumidor y tiene por objeto hacer que la eficiencia energética de los equipos sea visible.
Todos los equipos (productos) relacionados con la energía se han clasificado en varios LOTs por grupos de producto, con distintos criterios cada uno y plazos de entrada en vigor.
En el ámbito de la tecnología de calefacción y acs, los nuevos LOTs serían:
A partir de esta fecha, sólo los productos certificados en el cumplimiento de los requisitos de diseño ecológico podrán ser puestos en el mercado de la UE. Todos los productos afectados estarán asimismo provistos de la etiqueta energética.
Los instaladores están obligados a indicar claramente la eficiencia energética y a suministrar las etiquetas correspondientes para sus clientes. En caso de que se combinen los productos en un conjunto etiquetable, el instalador deberá calcular la eficiencia del conjunto y pondrá una etiqueta energética a disposición del cliente.
El instalador es responsable de la exactitud de la información proporcionada para con su cliente.
Todos los productos que se encuentre en el mercado de la UE antes del 26 de Septiembre de 2015, se pueden seguir comercializando después de la entrada en vigor de estas normativas aunque no lleguen a cumplir con el mínimo de eficiencia marcado por dicha directiva e incluso si esos productos son parte de la tecnología que se eliminaría según la ErP. No hay ninguna fecha límite para instalarlos.
Según la normativa ELD hay 3 tipos de conjuntos que se pueden calcular de forma diferente, los cuales son:
Para obtener más información sobre la normativa de ecodiseño ErP y la normativa de etiquetado energético ELD ofrecemos los siguientes enlaces disponibles en la web de la asociación FEGECA ( Fabricantes de Emisores y Generadores de Calor):
Definición de las Normas de Ecodiseño y Etiquetado.
Etiquetado e información de la etiqueta.
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